Por Gabriela Salazar Torres y Miguel Ángel Acosta Cordero
Regular las actividades que se llevan a cabo con criptomonedas y activos virtuales en general, es un reto al que se enfrentan los diversos países del mundo.
La comercialización y realización de operaciones con criptoactivos es una actividad cada vez más frecuente, que está en aumento y que implica el flujo de cantidades importantes de recursos económicos. Lo anterior, aunado a la gran especulación que en muchas ocasiones acompaña a dicha actividad y al imprevisible riesgo que conlleva.
La falta de regulación sobre estos activos crea una gran inseguridad jurídica para sus participantes, y la realidad es que este mercado tiene sus grandes ventajas y beneficios, por lo que es importante encontrar un punto medio en el que el mercado pueda seguir evolucionando, a la vez que se dote de certidumbre jurídica a sus participantes.
Actualmente, la Unión Europea, a través del Consejo Europeo, está encabezando importantes esfuerzos para regular las actividades relacionadas con criptoactivos, y es así que surge la propuesta de reglamento MiCA, por sus siglas en inglés que significan Markets in Crypto Assets o Mercados de Criptoactivos.
De manera muy general, lo que se busca con esta propuesta de reglamento, es establecer un régimen dual que por una parte sea preventivo, y por otro lado, sea prohibitivo de conductas abusivas y de manipulación del mercado.
Se pretende establecer un marco regulatorio adecuado, que por una parte proteja a los consumidores y a los inversionistas y, por otra parte, fomente la estabilidad financiera e impida abusos y manipulaciones.
Con tales fines, se elaboró la propuesta de reglamento MiCA. Esta propuesta de regulación para la Unión Europea se elaboró desde el año 2020, y después de un largo periodo de análisis y revisiones, finalmente pasará a la etapa de votación en los próximos meses.
De manera general, la propuesta MiCA ha sobresalido respecto de otros esfuerzos de regulación, ya que busca normar tanto la emisión como la oferta pública y comercialización de criptoactivos, además de otros aspectos a los que haremos referencia más adelante.
El proyecto, como está redactado actualmente, comprende un marco integral que establece los requisitos para la operación de los principales emisores de criptoactivos y proveedores de servicios, establece regulación para la protección de los titulares de criptoactivos y de los consumidores, de igual forma contempla regulación en materia de Lavado de Dinero y de prácticas abusivas de mercado, así como un régimen de responsabilidades y sanciones.
La propuesta de reglamento MiCA establece una definición de los criptoactivos, identificándolos como la representación digital de un valor o de un derecho que, puede ser transferido o almacenado electrónicamente, mediante el uso de tecnología de registro distribuido (DLT por sus siglas en inglés) o una tecnología similar.
Los criptoactivos regulados por MiCA son los e-money tokens (EMTs), referidos a monedas electrónicas y que se usan como medio de intercambio; los utility tokens, que dan acceso a un servicio o un bien y sirven como medio de financiación de proyectos; y los asset referenced tokens (ARTs) que están respaldados por un activo o por moneda fiat, dentro de los cuales se incluyen las stablecoins.
La propuesta de regulación MiCA, incluye también a los proveedores de servicios de custodia, administración y asesoramiento en materia de criptoactivos, entre otros, contemplando un régimen de autorizaciones para los mismos.
Otro aspecto importante contemplado en esta propuesta de regulación es el establecimiento de autoridades competentes en cada país miembro.
Adicionalmente, y considerando las conductas abusivas y de manipulación de los mercados de criptoactivos, que se han presentado, el reglamento MiCA contempla ciertas prohibiciones tendientes a evitar dichas situaciones.
Cabe mencionar que la fecha de votación de esta propuesta de regulación estaba originalmente contemplada para el 9 de noviembre de 2022, sin embargo, se ha pospuesto para febrero de 2023.
En caso de que esta propuesta regulatoria sea aprobada, entrará en vigor a los 18 meses posteriores a su publicación.
La propuesta de reglamento MiCA constituye un parteaguas en los esfuerzos en el ámbito internacional, tendientes a contar con una regulación sólida en materia de los mercados de criptoactivos. Bien merece la pena, estar atentos a los resultados de la votación y, en su caso, aprobación del reglamento MiCA y su eventual implementación.
Gabriela Salazar Torres
Socia fundadora de RNMS Abogados. Abogada egresada de la Escuela Libre de Derecho con amplia experiencia en derecho financiero, en la regulación Fintech, fondos de inversión y start-ups. Ha asesorado en proyectos de Blockchain, además de asesorar a entidades para la obtención de la autorización para operar como instituciones de tecnología financiera. Es co-autora de libros en materia bursátil y de Prevención de Lavado de Dinero.
Miguel Ángel Acosta Cordero
Licenciado en Derecho por la Universidad Autónoma del Estado de Hidalgo, Maestro en Administración Pública por el Instituto Nacional de Administración Pública y estudiante de la Maestría en Derecho de las Empresas por la Universidad Anáhuac. Actualmente forma parte del despacho RNMS Abogados, donde ha participado en asuntos en materia de regulación Fintech, entre otros.