¿Qué sabemos hasta ahora?
Por Gabriela Salazar Torres y Miguel Ángel Acosta Cordero
En el año de 2018 se publicó en México la Ley para Regular las Instituciones de Tecnología Financiera, mejor conocida como “Ley Fintech”, y según datos de El Economista (1), cinco años después, para el tercer trimestre del año 2023, ya se habían otorgado un total de 63 autorizaciones para operar como Instituciones de Tecnología Financiera al amparo de dicha ley, de las cuales 41 son instituciones de fondos de pago electrónico (IFPEs) y 22 instituciones de financiamiento colectivo o crowdfunding.
A la par del crecimiento en el número de instituciones que han tramitado y obtenido la autorización para operar como Instituciones de Tecnología Financiera en México, se ha empezado a observar que, ante las limitadas actividades financieras que la Ley Fintech les permite realizar, algunas de ellas han empezado a buscar otras alternativas para poder ampliar y diversificar su oferta de productos financieros, entre los que se encuentran inversiones, créditos y ahorro. Como ejemplos de lo anterior, Klar y Broxel llevaron a cabo la adquisición de sociedades financieras populares o SOFIPOs.
Las Sociedades Financieras Populares fueron creadas en México hace más de 20 años con la publicación de la Ley de Ahorro y Crédito Popular y, como su nombre lo indica, fueron creadas con miras a dar acceso a diversos servicios financieros, a la población no bancarizada o con dificultad de tener acceso a la banca tradicional.

La razón por la cual las SOFIPOs son atractivas para las Instituciones de Tecnología Financiera, es porque las SOFIPOs pueden captar recursos directamente del público conforme a distintos niveles de captación, pudiendo ofrecer productos de ahorro, otorgar créditos y ofrecer esquemas de inversión, entre otros servicios.
Otra ventaja que las fintech ven en invertir en SOFIPOs, es el capital mínimo requerido para éstas, que es muy inferior al exigido para las instituciones de banca múltiple. Sin embargo, algunas fintech han optado por adquirir bancos en vez de SOFIPOs, siendo la finalidad en ambos casos, la misma: ampliar los productos financieros que pueden ofrecer a sus clientes, aprovechando además sus engranajes tecnológicos y su conocimiento y experiencia en la prestación de servicios financieros digitales.

No perdamos de vista sin embargo, que la autoridad reguladora en México está al tanto de este nuevo giro que se le está dando a la figura de las SOFIPOs y se está analizando la posibilidad de presentar una iniciativa de reforma a la Ley de Ahorro y Crédito Popular, con miras a buscar un fortalecimiento del capital de las SOFIPOs, por lo que habrá que estar atentos a estos cambios y al impacto que esto puede tener en el sector de ahorro y crédito popular y en el sector fintech en México.
1. El Economista. Sodexo recibe aval de la CNBV para operar su fintech. 03 de Agosto de 2023. https://www.eleconomista.com.mx/sectorfinanciero/Sodexo-recibe-aval-de-la-CNBV-para-operar-su-fintech-20230803-0066.html

Gabriela Salazar Torres
Socia fundadora de RNMS Abogados. Abogada egresada de la Escuela Libre de Derecho con amplia experiencia en derecho financiero, en la regulación Fintech, fondos de inversión y start-ups.
Miguel Ángel Acosta Cordero
Licenciado en Derecho por la Universidad Autónoma del Estado de Hidalgo, Maestro en Administración Pública por el Instituto Nacional de Administración Pública y estudiante de la Maestría en Derecho de las Empresas por la Universidad Anáhuac.
