Autor: TMSourcing

  • Datos Interesantes del Sector Fintech en México, a cinco años de la Publicación de la Ley Fintech 

    Datos Interesantes del Sector Fintech en México, a cinco años de la Publicación de la Ley Fintech 

    Por Gabriela Salazar Torres y Miguel Ángel Acosta Cordero

    La Ley para Regular las Instituciones de Tecnología Financiera mexicana, mejor conocida como “Ley Fintech”, fue publicada en el mes de marzo de 2018, con el objetivo de regular y fomentar el desarrollo del sector de las instituciones financieras tecnológicas en el país y de fomentar la competencia e innovación en dicho sector, buscando que exista una mejor y mayor oferta de productos y servicios financieros en beneficio de los usuarios.

    En marzo de 2023 se cumplieron ya cinco años desde la publicación de la Ley Fintech  y con motivo de ello les compartimos algunos datos interesantes del sector y de la industria:

    • A esta fecha se han autorizado en México 55 instituciones de tecnología financiera, de las cuales 31 de ellas son instituciones de fondos de pago electrónico y 24 son instituciones de financiamiento colectivo.
    • Se estima que se han negado más de 30 autorizaciones.
    • A pesar de que la Ley Fintech señala un plazo de 180 días para que se resuelva sobre las autorizaciones en materia de fintech, se estima que el tiempo para obtener la autorización es de aproximadamente dos años, esto debido a los diversos requerimientos por parte de la autoridad durante el procedimiento de autorización y por la carga de trabajo de las autoridades de la materia.
    • Para finales del año 2022, de acuerdo con datos obtenidos en la encuesta anual Finnovista Fintech Radar México, en el país había en operación alrededor de 650 empresas que ofrecían alguna innovación tecnológica aplicada a los servicios financieros, las cuales se consideran también fintechs en sentido amplio. 
    • La población que más utiliza las fintech es la que se encuentra entre los 26 y los 45 años de edad, a diferencia de la población que acude a los bancos tradicionales que suelen ser de mayor edad.
    • La importancia de las inversiones en el sector fue indudable cuando pasó de 260 millones de dólares en el primer semestre de 2020, a 1,700 millones de dólares para el primer semestre de 2021.
    • Debido a las diversas limitaciones regulatorias impuestas a las instituciones de tecnología financiera, y en particular a las instituciones de fondos de pago electrónico, algunas entidades autorizadas han decidido explorar la ruta de adquirir o generar alianzas con otras entidades financieras, tales como sociedades financieras populares, como son el caso de Nú México,  Fondeadora y Klar.
    • Las inversiones a las fintech se han reducido de manera considerable en el último año, y esto parece estar vinculado a una disminución en las inversiones en el sector de tecnología en general, más que en el de la industria fintech como tal.
    • No obstante que las inversiones han bajado en los últimos meses, algunas entidades han cerrado importantes rondas de inversión como el caso de Clara, empresa dedicada a proveer tarjetas de crédito empresarial con una plataforma digital de control de gastos, quien cerró recientemente una ronda de USD $60 millones.
    • El rubro más grande del mercado de las fintech es el relacionado con préstamos (Lending). 
    • Uno de los principales pendientes a la fecha por parte de las autoridades mexicanas, es la publicación de la regulación secundaria en materia de banca abierta (open banking). 

    A cinco años de la publicación de la Ley Fintech en México, se pueden evaluar los logros y desafíos que enfrenta la industria. Es claro para todos, que la Ley Fintech actualmente está encontrando límites y barreras que impiden al sector crecer de la manera deseada, por lo que se desea que estos retos sean superados para lograr un mayor impacto en la inclusión financiera, el desarrollo económico del país y, por supuesto, en beneficio de la población.

     

    Gabriela Salazar Torres

    Socia fundadora de RNMS Abogados. Abogada egresada de la Escuela Libre de Derecho con amplia experiencia en derecho financiero, en la regulación Fintech, fondos de inversión y start-ups. Ha asesorado en proyectos de Blockchain, además de asesorar a entidades para la obtención de la autorización para operar como instituciones de tecnología financiera. Es co-autora de libros en materia bursátil y de Prevención de Lavado de Dinero

    Miguel Ángel Acosta Cordero

    Licenciado en Derecho por la Universidad Autónoma del Estado de Hidalgo, Maestro en Administración Pública por el Instituto Nacional de Administración Pública y estudiante de la Maestría en Derecho de las Empresas por la Universidad Anáhuac. Actualmente forma parte del despacho RNMS Abogados.

  • Expectativas del Entorno Fintech 2023 

    Expectativas del Entorno Fintech 2023 

    Por Octavio Botella

    El entorno financiero en la actualidad ha evolucionado más tecnológicamente en los últimos dos o tres años que, probablemente en el resto de la historia. Pero eso no es noticia. Constantemente vemos pasar la terminología tecnológica que nos refiere a innovación: Blockchain, Open Finance, NFTs, Data Science, Cryptomonedas, por mencionar algunos. Pero la adopción tecnológica a veces es un fenómeno similar a cuando cambiamos de dispositivo móvil. En principio, utilizamos uno por un periodo y nos vamos adaptando a sus funcionalidades. 

     

    Después, la tecnología va evolucionando y cuando nos toca cambiar el dispositivo móvil, nos vemos en la necesidad de adaptarnos otra vez a las nuevas herramientas y funcionalidades que tiene el artefacto. Incluso, en ocasiones, ni cuenta nos damos (¿te acuerdas del primer celular que tuviste?).

     

    En el mundo de la tecnología, yo diría que estamos ubicados en la era de los datos. La empresa que no logre tener una buena administración de los datos no podrá identificar cuál es el comportamiento de sus clientes y prospectos, y se encontrará frente a una amenaza latente ante sus competidores. Por lo que para el sector Fintech, los datos claramente son una materia prima que aceleran el dinamismo del sector.

     

    En México iniciamos el 2023 con 650 empresas identificadas en el ecosistema Fintech, según Finnovista Fintech Radar México 2023, presentado en el Mastercard Experience Center a finales de enero. 

     

    Fermín Blanco – socio fundador de Finnovista – explicó que equivale a un crecimiento del 26% con respecto al año anterior. Y es claro que las Fintech no solo llegaron para quedarse, sino que están haciendo que el mercado evolucione.

     

    Pero, ¿qué se considera una Fintech en el ecosistema mexicano?

    Bueno, pues es necesario que sean empresas de origen mexicano, que operan en México, con capacidad de ofrecer un Customer Journey Digital y cumplir con el principio de “Innovación tecnológica aplicada a los servicios financieros que puede resultar en nuevos modelos de negocio, aplicaciones, procesos o productos asociados a un efecto relevante en la prestación de servicios”, según el reporte de Finnovista.

     

    ¿Cómo se compone el entorno Fintech actualmente? 

    El 75% de las Fintech se acumulan tan solo en 5 segmentos enfocados mayormente a soluciones empresariales, como son: Préstamos (Lending) con 22%, Pagos y Remesas (Payments and Remittances) 17%, Tecnologías Empresariales para Instituciones Financieras (ETFI por sus siglas en inglés) con 15%, Gestión Financiera Empresarial (EFM) 11% y Bienestar Financiero (Fianacial Wellbeing) 10%.

    Sin embargo, llama mucho la atención que los segmentos InsurTech, Proptech, Wealth Management o Planeación Patrimonial, Open Finance, Digital Banks y Crowdfunding, suenan más en el entorno Fintech, pero apenas acumulan 25% del mercado Fintech. Pero ojo, no las perdamos de vista, porque conforme el mercado se vaya adaptando a la tecnología y se aprovechen mejor los datos, seguramente las veremos crecer rápido.

     

    Regulación

    El reporte menciona también que México tiene uno de los mecanismos de regulación más avanzados en la región, sin embargo, la llamada Ley Fintech únicamente regula (por ahora) a instituciones de Tecnología Financiera, Fondos de Pago Electrónico y de Financiamiento Colectivo (conocidas como Crowdfunding). En cuanto a los activos virtuales, la Ley Fintech reconoce nada más a los medios de pago, sin que éstos sean monedas de curso legal.

    Por otro lado, al parecer 40% de las Fintech sienten que no necesitan la regulación como entidades financieras, según la encuesta realizada por Finnovista. El argumento es que su actividad primordial es la oferta de plataformas o servicios tecnológicos, más que operaciones de originación, manejo de cartera crediticia, captación, intermediación masiva de recursos, modelos de inversión, emisión de criptomonedas o seguros.

     

    Para agosto del 2022, solamente 36 de las entidades estaban autorizadas para operar bajo la Ley Fintech. Y durante el 2022, de las 144 solicitudes de entidades para operar bajo la Ley Fintech, 95 buscaron operar como Instituciones de Fondes de Pago (IFPE) y 49 como Instituciones de Financiamiento Colectivo (IFC). 

     

    Competencia y colaboración

    Un hecho a resaltar en el ecosistema Fintech es un ambiente cooperativo, ya que el 55% de las entidades dice que colabora con otra Fintech actualmente y 48% son las que ven a otras Fintech como competencia.

    Quienes tienen más apertura para colaborar en sinergias son las Fintech dedicadas al Préstamo con ETFI’s, Open Finance, Pagos y Remesas y Digital Banking, por ejemplo.

     

    En segundo término, las Fintech también consideran a las instituciones financieras tradicionales como competencia. Sin embargo, el 57% mencionó que colabora con alguna de éstas, el 21% está interesado, 17% está en proceso de lograrlo y 5% no está interesado.

     

    Además, el 59% de las entidades están abiertas a colaborar con las Big Tech, 51% con las empresas de finanzas embebidas, 46% con FMGC y 43% con empresas de consultoría.

     

    Por el otro lado de la moneda, también es justo decir que el reporte indica que 9% de las Fintech salieron del mercado durante 2022, versus 11% durante el 2021, lo que quiere decir que, aunque poco, son menos las Fintech que se quedan en el camino y el ecosistema crece.

     

    ¿Qué se espera para el 2023 en el entorno Fintech?

    Mucho hemos leído y escuchado a los analistas decir en estos primeros meses del año que en todo el planeta estamos pasando por una situación económica complicada, y tampoco es noticia. Sin embargo, los emprendedores Fintech en México esperan un crecimiento en ventas para el 2023 sobre los años anteriores. Las expectativas de la migración de capitales hacia México ante la situación geopolítica y las ventajas que se pueden capitalizar por la ubicación del país (Nearshoring), generan pensamientos de crecimiento. Y que al final, desde la perspectiva de las Fintech, se traducen en un mejor poder adquisitivo de los usuarios.

     

    Además, los indicadores de desempeño de Finnovista Radar nos dicen que la mayoría de las Fintech tienen ingresos de 500 mil dólares anuales, pero entre 2020 y 2022 disminuyeron su participación de 80% a 50%. Por otro lado, la participación de las Fintech que tienen ingresos de hasta de 5 millones de dólares ha ido en aumento de 14% a 32% durante el mismo periodo. Otro signo de que el ecosistema Fintech está evolucionando.

    En el Radar de Finnovista se hace evidente que las tecnologías más utilizadas por las Fintech son: Open Finance y APIs, después Big Data y Analytics, en tercer lugar, el uso de la Nube y en cuarto puesto la Inteligencia Artificial y Machine Learning (ojo, esta última herramienta es la que creció más – 16 puntos porcentuales entre 2021 y 2022 – lo que evidencia la importancia que tienen los datos en la actualidad).

     

    El 62% de las Fintech dijo que cuenta con sistemas robustos y actualizados para enfrentar a las amenazas cibernéticas.

     

    En el estudio y análisis que realizó Finnovista, también menciona que el 66% de las empresas Fintech indican que los retos más importantes son la escalabilidad de las operaciones y la internacionalización. Sin embargo, no puedo dejar de observar que México es el segundo mercado Fintech en Latinoamérica y quizá podría ser el primero. ¿No será que la tecnología va a un ritmo mucho más rápido que la legislación? 

     

    Voy a dejar esta pregunta aquí y saldré lentamente. 

     

     

    Octavio Botella

    Director de Desarrollo de Negocios. Redacción Mundo Fintech. 

  • Alcance de la Fe Pública desde una Perspectiva Digital

    Alcance de la Fe Pública desde una Perspectiva Digital

    Por Irving Peña y Genoveva Franco

    En los procesos de innovación se busca cómo la tecnología puede ayudar a mejorar o brindar un servicio impactando en la mejora de alcance, así como en su eficiencia, eficacia y costo. Sin embargo, esto puede traer riesgos que podrían llegar inclusive a ilicitud de hechos o actos jurídicos.

     

    Con relación a esto, la fe pública ha tenido varias opiniones en la aplicación de firmas electrónicas, por lo que es importante definir qué es lo que busca la fe pública y bajo qué circunstancia se estaría vulnerando su aplicación.

     

    Conforme al Diccionario de la Lengua Española de la Real Academia Española, la fe pública es la “Autoridad legítima atribuida a notarios, escribanos, agentes de cambio y bolsa, cónsules y secretarios de juzgados, tribunales y otros institutos oficiales, para que los documentos que autorizan en debida forma sean considerados como auténticos y lo contenido en ellos sea tenido por verdadero mientras no se haga prueba en contrario”

     

    La Suprema Corte de Justicia de la Nación, en la Tesis Aislada número 1a. LI/2008, Registro Digital 169497  define que, “La fe pública es originalmente un atributo del Estado, en virtud de su imperio, que se ejerce a través de los órganos estatales, pues por disposición de la ley los fedatarios la reciben mediante la patente respectiva, y aunque conforme al sistema jurídico mexicano no forman parte de la organización del Poder Ejecutivo sí son vigilados por éste. Así, por medio de la fe pública el Estado garantiza que son ciertos determinados hechos que interesan al derecho; de ahí que deba considerarse como la garantía de seguridad jurídica que da el fedatario tanto al Estado como al particular, ya que al determinar que un acto se otorgó conforme a derecho y que lo relacionado con él es cierto, contribuye al orden público, a la tranquilidad de la sociedad en que se actúa y a dar certeza jurídica”.

    Conforme a lo antes expuesto, el Estado Mexicano ha otorgado la facultad de la fe pública para distintas actividades, siendo las responsables de cubrir dicha función las siguientes investiduras:

     

     Tratándose de los notarios públicos:

    • a) La transmisión o constitución de derechos reales sobre inmuebles, salvo las garantías que se constituyan en favor de instituciones del sistema financiero u organismos públicos de vivienda; 
    • b) El otorgamiento de poderes para actos de administración o dominio otorgados con carácter irrevocable; 
    • c) La constitución de personas morales, su modificación patrimonial derivada de aumento o disminución de capital social, fusión o escisión, así como la compraventa de acciones y partes sociales de tales personas; 
    • d) La constitución o modificación de fideicomisos traslativos de dominio o de garantía sobre inmuebles, salvo los que constituyan para garantizar algún crédito a favor de instituciones del sistema financiero u organismos públicos de vivienda; 
    • e) El otorgamiento de contratos de mutuo o crédito, con o sin garantía, en el que el acreedor no forme parte del sistema financiero o no sea un organismo público de vivienda.

     

    Tratándose de corredores públicos: 

     

    • a) La realización de avalúos; 
    • b) La constitución de personas morales mercantiles, su modificación patrimonial derivada de aumento o disminución de capital social, fusión o escisión, así como la compraventa de acciones y partes sociales de personas morales mercantiles;
    • c) La constitución, modificación o cesión de derechos de fideicomiso, en los que de acuerdo con la legislación aplicable puedan actuar;
    • d) El otorgamiento de contratos de mutuo mercantil o créditos mercantiles en los que de acuerdo con la legislación aplicable puedan actuar y en los que en el acreedor no forme parte del sistema financiero.

     

    Tratándose de servidores públicos: Los que las leyes les confieran en el ejercicio de sus atribuciones previstas en las disposiciones jurídicas correspondientes.

    Ahora bien, el 04 de agosto del 2021 se publicó en la Gaceta Oficial de la Ciudad de México la Ley del Notariado para la Ciudad de México. Dentro de su exposición de motivos se señaló que, existía una necesidad en el gremio notarial de ampliar y acelerar la transformación digital y se incluyeron, por primera vez, conceptos como Actuación Digital Notarial, Apéndice del Instrumento Electrónico, Firma Electrónica para la Actuación Digital Notarial, Red Integral Notarial, entre otros enfocados en llevar a cabo una verdadera transformación digital en el sector. 

     

    Lo anterior generó controversia al momento de su publicación entre los fedatarios públicos y el público en general, toda vez que, poniéndonos un poco en antecedentes de la publicación de la Ley, la misma fue en tiempos en los cuáles el país aún no terminaba su contingencia derivada por el Covid-19, es decir, casi todas las empresas trabajaban con aforos reducidos, no era tan fácil coordinar firmas en notarías y los Notarios autorizaban solo un par de firmas al día para evitar conglomeraciones. Podríamos decir que el país atravesaba a su vez una etapa de transformación digital, en la cual fue cada vez más común el uso de plataformas digitales para cursos y reuniones y el uso de la firma electrónica para el cierre de algunas operaciones. Conforme lo anterior, efectivamente existía una necesidad de transformación digital en el sector notarial y la Ley del Notariado para la Ciudad de México dio el primer paso para poderlo llevar a cabo, sin embargo, la sola Ley del Notariado de Ciudad de México no bastaría para poder llevar a cabo la transformación digital en el sector.

     

    A su vez, habría que reformar leyes federales y estatales para que no existan contradicciones entre sí, es decir, leyes tan fundamentales como el código civil federal y la ley general de sociedades mercantiles, también serían objeto de cambios, sobre todo en materias testamentaria, compraventas, arrendamientos, asambleas de sociedades civiles y mercantiles, asociaciones, entre otros, tendrían que ir de la mano con el nuevo Protocolo Digital propuesto por la Ley del Notariado de la Ciudad de México.

     

    Otra gran problemática que se encontró en el sector fue que, hasta no existir una Ley General de Notarías, al día de hoy existe una diferencia abismal del enfoque digital propuesto por la Ley del Notariado de la Ciudad de México con lo dispuesto en las leyes de los demás estados de la República Mexicana, que traen aún el enfoque tradicional. En virtud de lo anterior, seguramente habría una preferencia por motivar que las escrituras públicas sean firmadas con jurisprudencia en Ciudad de México, sobre todo si pensamos en las instituciones financieras que tienen su sede en dicha ciudad que buscan agilizar los procesos de contratación de créditos, hipotecas, fideicomisos entre otros, lo cual sin duda, al ser digitalizado, generaría un importante ahorro en traslados y gastos.

     

    De igual manera existe una preocupación respecto a la forma de verificar la capacidad jurídica con la que comparecerán las partes, ya que si bien es cierto al día de hoy podemos encontrar plataformas mediante las cuales podemos identificar la personalidad de quienes están firmando, también lo es que dichas plataformas no prevén que puedan existir vicios al formalizar dichas operaciones de manera digital, es decir, sería muy difícil verificar que la persona ante la cual se esté firmando no esté sujeta a ninguna sustancia, que se encuentre en pleno uso de sus facultades, que no sea sometido a la firma, entre otros que pueden comprometer en cierta medida el acto que se formalice.

    Bajo este tenor el Colegio de Escribanos, mediante Sesión de fecha 9 de diciembre del 2022, por unanimidad de votos, se pronunció con el criterio de que es ilícito el otorgamiento de escrituras y actas notariales a distancia o por medios remotos a través de plataformas de firma electrónica y de constancias de conservación de mensajes de datos, toda vez que no constituyen un protocolo notarial, y que la misma sólamente será posible hasta en tanto las respectivas leyes del Notariado de las entidades federativas lo autorice y entren en vigor las correspondientes adiciones y reformas a dichas leyes, así como se desarrollen los entornos cerrados y cifrados que permitan el otorgamiento de estos instrumentos electrónicos dentro de un protocolo digital. 

     

    Ya con  estos antecedentes,  hoy nos  encontramos en el mercado algunas prácticas que incluso son denominadas como  procesos notariales, que recaen en tecnología, procesos a distancia y firmas electrónicas, que si bien  buscan tener transparencia y trazabilidad en el proceso, dejan con duda en sus efectos y el protocolo  procesos de firmar ante un Notario, la relación de distancia y efectos que tienen al ser en distintos estados , dejando en posibilidad de nulidad en el acto. Si bien, la Suprema Corte de Justicia de la Nación al día de hoy no se ha pronunciado en estos actos, sí tenemos un documento con la visión del Colegio de Escribanos, y faltaría ver la pronunciación del Colegio Nacional del Notariado Mexicano para tener un dato más real respecto a lo que el protocolo digital y la transformación digital en las Notarías Públicas se trata.

     

    Ahora bien, por otro lado, también contamos desde el 6 de diciembre del 2019 con un requisito de la autoridad fiscal (SAT) para cumplir con la fecha cierta (Publicación del 6 de diciembre del 2019 ante el Semanario Judicial de la Federación, tesis “2a/J. 161/ 2019 (10a), cuya finalidad es comprobar la existencia de operaciones en un momento determinado mediante un sellado, ya sea en documentos físicos y digitales. Esto cumple especial relevancia en operaciones como fideicomisos, créditos, cesiones de derechos, entre otros documentos que por su naturaleza no necesariamente requieren de una formalización ante una fe notarial (documentos privados), pero sí comprobar la fecha exacta en la cual se llevó a cabo la operación para efectos fiscales, es decir, dotar al documento de una estampa de tiempo confiable como constancia de conservación. 

     

    Analizando las posibilidades, nos encontramos que los documentos firmados con firma electrónica (FIEL) tienen presunción de atribución y no pueden ser negadas en juicio por su garantía de no repudio, pero no cuentan con los mecanismos de estampa de tiempo confiable que nos requiere el SAT para la autenticación de la fecha cierta, ya que por sí sola la FIEL no permite constatar la existencia de un archivo en una fecha y hora específica sin importar que tenga o no las firmas electrónicas o que las mismas sean válidas y se encuentren vigentes, por lo que muchas plataformas de firma electrónica requirieron de una validación y unificación de criterios ante el SAT para que sus plataformas digitales sí cuenten con un visto bueno para la expedición de constancias de conservación.

     

    Bajo esta perspectiva consideramos que, si bien, los contratos públicos aún no son posibles de considerarlos como parte de la transformación digital, los contratos privados ya dejaron de ser completamente válidos únicamente con la firma autógrafa de los firmantes, sino que también ya requieren de una constancia de conservación que podríamos obtener por firmar dichos documentos ante alguna plataforma digital que se encuentre validada por el SAT y que tenga las garantías de integridad, para que el proceso cuente con una fecha cierta, y a su vez, garantía de no repudio.

     

     

     

    Irving Peña

    Oficial de Transformación Digital y Datos.

    Genoveva Franco

    Licenciada en Derecho con Maestría en Derecho Constitucional y Amparo, especialista en temas inmobiliarios y propiedad intelectual avalada con certificaciones AMPI y OMPI.

  • Sector Fintech: La Búsqueda de una Promesa y Experiencia de Servicio Ágil y Diferente

    Sector Fintech: La Búsqueda de una Promesa y Experiencia de Servicio Ágil y Diferente

    Por José Luis Pulido

    Cada persona que diseña, vende o crea un producto o servicio, debe saber que no todo termina una vez que lo ha desplazado, sino que eso da inicio a un flujo que va a permitir una mayor colocación, mayores ingresos y retornos de inversión más rápidos; siempre que el consumidor haya tenido una experiencia positiva o que cuando requiera de la marca, encuentre soluciones ágiles y convincentes para amar, odiar o ser indiferente a su compra. 

     

    Para entender mejor la experiencia del servicio aterrizado a las empresas Fintech se busca ir brindando un punto de vista sobre diferentes cuestiones; ¿Cómo influye la experiencia en el servicio?, ¿Quiénes brindan las mejores experiencias?, ¿Una Fintech?, ¿Las empresas tradicionales?, ¿Bajo qué premisa se brinda el servicio en las Fintech?, ¿Qué producto o servicio debería elegir el consumidor basado en su experiencia?     

     

    Al final, el consumidor es siempre quien calificará y valorará si la experiencia vivida ya sea antes, durante o después de adquirir un bien o servicio; le hará repetirla o la desechará para siempre, sin dejar de considerar que no todas las marcas, tecnología, productos o servicios son para todos, así tengan el mejor empaque, mucho marketing, se obtenga en 3 segundos o tenga un diseño hermoso, es posible que no cubra las necesidades de cada individuo e inclusive, por la simple generación a la que pertenecen, quizá opten por ir al banco antes de hacerlo desde un teléfono móvil, lo cual no está ni mal ni bien, es lo que les hace sentido y  genera una experiencia positiva. 

     

    Experiencia del servicio

    Para la firma Zendesk, dedicada a la gestión de clientes por medio de diferentes plataformas, el concepto de experiencia de servicio al cliente puede explicarse como el conjunto de interacciones que tiene un cliente o prospecto con el área de atención al cliente

     

    Experiencia del cliente y Servicio al cliente, ¿Son lo mismo? 

    La experiencia del cliente es la sensación o sentimiento que una persona se lleva de tu marca luego de interactuar con ella. Mientras que, el servicio al cliente es el soporte que cada empresa brinda a sus clientes en todas las etapas; preventa, venta, postventa y a través de cualquier medio, llamese agentes de atención al cliente, chatbots, FAQ, etc.

     

    Propósito de las Fintech

    Los servicios y soluciones que diseñan cuyo enfoque inicial es en el sector financiero, no limita que por su diversidad, pueden ofrecerlos a diferentes sectores y empresas. Las Fintech buscan “democratizar” el acceso de las personas a los servicios financieros que quizá no encuentran en los bancos tradicionales los productos o servicios que de acuerdo a su perfil, les permitan cubrir necesidades como un préstamo de auto, casa, tener una tarjeta de crédito, un seguro o una inversión. Por otro lado, se ubican quienes ya no encuentran valor adicional en los bancos y los perciben como un “mal necesario” cuando tienen que acudir, optando por otras alternativas más ágiles, accesibles, sencillas que, incluso pueden adquirir desde su computadora o teléfono celular en unos cuantos pasos. 

     

    El sector Fintech ha encontrado un espacio para atender diferentes necesidades financieras tanto con clientes bancarizados como no bancarizados y quizá algunas de las siguientes resulten cada vez más familiares: 

     

    “Cada que quiero un crédito, evitó hacer filas en el banco y mejor lo hago por medio de la App “X” que me lo deposita en minutos, en un click y sin requisitos complicados”.

     

    “No tengo tiempo de ir al supermercado, pero entro a mi “App” de los abarrotes, hago mi pedido, pago con mi cuenta y lo tengo en la puerta de mi casa en poco tiempo” .

     

    “Quiero una tarjeta de crédito, pero ni loco iré al banco, entraré a uno de los “Neobanks” me doy de alta, se revisa mi historial, aprueban mi crédito y me dan una tarjeta digital para mis compras en línea o me llega un plástico físico a casa”.

     

    “Quiero estrenar unos tenis, pero no tengo tarjeta de crédito y no quiero gastarme todo mi efectivo así que opte por una aplicación “Buy now, pay later” con la que puedo comprar con mi tarjeta de débito y pagarlo en quincenas sin acabarme mi efectivo”.

     

    ¿Una Fintech brinda mejor experiencia que el banco u otros servicios financieros? ¿Debemos dejar los bancos? 

    Siempre que tengo oportunidad de asesorar a alguien le digo que depende del propósito que tenga con su dinero y de la alineación con la oferta de la empresa (Fintech, Banco u otra).

     

    La experiencia reciente

    Si se mira el día con día de dos años a la fecha, el emergencia sanitaria por COVID 19, impulsó en forma importante el uso de los canales digitales y remotos a través de sitios web, móvil o Apps, modificando los hábitos de consumo, pero también acelerando la adopción de nuevas tecnologías que permitieron llevar una vida “normal y segura” sin tener que salir de casa, reduciendo así el contacto humano que durante la emergencia fue algo indispensable para minimizar los contagios. Hay un estudio del Banco Mundial que incluso mencionan una aceleración desde el 11% hasta el 45% en el uso de los canales digitales en Latinoamérica lo cuál hubiera tomado más años (Fintech México, 2023).

    Dejamos en la forma tradicional y con la misma libertad, las calles, los centros comerciales, el trabajo, la educación, los viajes, el cuidado de la salud, etc. y nos pusimos frente a una pantalla, sobre una mesa, adquirimos más capacidad de internet, acondicionamos espacios, crecieron las plataformas digitales, ya no íbamos al supermercado o a las tiendas.

     

    La experiencia de servicio en tiempos del COVID19 

    A partir de abril de 2020, el mundo se detuvo casi en su totalidad y la prioridad se volcó hacía la conservación de la vida humana. 

     

    La vida debía continuar, pero en una forma distinta así que recurrimos a los sitios web o a las aplicaciones para una gran cantidad de cosas, pagar servicios, pedir la despensa a domicilio, realizar compras para el hogar, o incluso, aprovechar las ofertas que se presentaron en varios artículos no indispensables. 

     

    Siempre en la crisis, hay oportunidad

     

    Plataformas digitales como Amazon y Mercado Libre, multiplican el número de repartidores y unidades siendo las primeras en atender la alta demanda de diferentes productos en tiempo y forma, incluso comenzaron a vender abarrotes. 

     

    Los servicios de la tienda hasta tu casa como Justo, Jokr, Corner shop, lograron crecer e integrarse al uso de los consumidores que dejaron las tiendas físicas.

     

    Rappi, Ubereats y todos quienes ofrecieran entrega a domicilio por medio de una app, se volvieron un enlace muy importante entre negocios que sólo podían vender desde el mostrador y personas que deseaban alimentos variados desde su hogar.

     

    Los negocios comenzaron a utilizar ligas de pago a distancia que mandaban por medio de mensajes de texto a su comprador con el detalle del consumo y este a su vez ingresaba, colocaba sus datos bancarios y ya sea que pasará a recoger el producto o se le enviará a su domicilio sin tener que manejar efectivo.

     

    Los autos, se comenzaron a vender por medio de canales digitales y redes sociales.

     

    Los códigos QR cobraron vida en forma espectacular pues fueron el medio para acceder a registros, promociones, menú de alimentos y toda clase de información.



    Las metodologías ágiles como base del desarrollo en Fintech

     

    Hemos puesto ejemplos, experiencias y cifras, pero no hemos mencionado cuál es la base metodológica que las Fintech usan para desarrollar sus productos y servicios .

     

    Hay metodologías para hacer montones de cosas, quiero mencionar dos, “Waterfall” y “Agile”. Según la estructura y modelo de negocio, cada empresa utilizará la que más le convenga. 

     

    • Waterfall: También denominada en “cascada”, es el método que se ha utilizado tradicionalmente. Consiste en desarrollar un proyecto de forma secuencial, comenzando con análisis, diseño y terminando con pruebas y puesta en producción. 
    • Agile: Una metodología de tipo Rapid Application Development (RAD), siendo Scrum el método más utilizado. Definir, diseñar, implementar por un plazo corto, medir y evaluar. Y si fue positivo, seguir. Si falla, reiniciar el ciclo las veces que se requiera (Deloitte, 2023).

     

    Esta última es la que más se usa en las empresas Fintech pues es la que de acuerdo con su naturaleza, les permite poner en funcionamiento productos en forma rápida, corregir fallas, rediseñar y relanzar según las necesidades del mercado.

    Diseñar con enfoque en las necesidades del comprador

    Centrado en el consumidor, es un término que lleva la fuerza de darle el poder de elegir productos o servicios óptimos con base en sus necesidades a los dueños del dinero, pero lo que hay detrás es mucho más; pues en los últimos años cada uno de ellos trae una fuerte carga de UX y de UI los cuales se explican a continuación.

     

    UX (User Experience)

    El diseño UX hace referencia a lo que experimenta el usuario antes, durante y después de entrar en contacto con un canal remoto tipo web o app. Aunque esta experiencia no depende solamente del diseño, sino que implica lo que representa una marca y lo que hace sentir a sus usuarios. El equipo de UX es como un psicólogo, ya que la experiencia de usuario está fuertemente ligada a la manera de ser de las personas. 

     

    UI (User interface)  

    La interfaz de usuario o UI es el conjunto de elementos de la pantalla que permiten al usuario interactuar con un canal remoto tipo web o App. O sea que, no sólo se trata de buenas ideas, buenos deseos o simples ocurrencias a la hora de lanzar un producto Fintech. El trabajo que conlleva persigue a toda costa su éxito teniendo por detrás métodos, estudios, análisis, muchas pruebas y cualquier cantidad de errores. Lo más gracioso, es que ni con todo esto se garantizan ventas exorbitantes o una penetración de mercado enorme pues hay un par de factores que pueden hacer la diferencia según el mercado objetivo y el perfil del consumidor: 

     

    1. El modelo de servicio que prometa y cumpla la Fintech.
    2. El perfil de quienes hacen grata o “non grata” la experiencia del servicio para los consumidores.

     

    El modelo de servicio

    Toda la experiencia al contratar cualquier producto o servicio con una Fintech es digital. Esto se puede hacer desde un sitio web o desde una App, incluso la firma de contratos ya no es autógrafa sino completamente digital, el envío de información es por email, si hay una tarjeta de por medio esta será entregada en tu domicilio y cuando requieras una duda o aclaración tendrás diferentes canales para encontrar o solicitar una solución como:

     

    • Preguntas y respuestas en web o App / Correo electrónico / Chatbot / WhatsApp;
    • Formulario con tus datos / Mensaje directo por medio de diferentes redes sociales;
    • Contact center (varía según el servicio).



    Retos del modelo – El deseo de la omnicanalidad

    Ofrecer una experiencia del cliente omnicanal es fundamental para estar a la altura de las necesidades en la actualidad. 

     

    Cada cliente quiere poder contactar con la empresa a través de cualquiera de los canales arriba mencionados que estén utilizando. No se le debe obligar a cambiar de canal para ponerse en contacto. Sin embargo, si deciden ponerse en contacto a través de un medio y luego pasar a otro canal, debe ser posible que continúen su interacción sin problemas a través de varios canales sin necesidad de empezar de cero haciendo que viva una verdadera experiencia omnichannel.

     

    La combinación de canal remoto y canal humano 

    Es posible que algunas Fintech se sientan tan seguras de haber diseñado un producto o servicio tan sencillo de obtener y de utilizar, que pudieran olvidarse del servicio posterior, lo cual debe ser sumamente eficiente para mantener esa promesa de sencillez y fácil acceso. Habrá ocasiones donde mucho UX y UI no podrán competir con la urgencia que tenga el usuario por realizar su operación y la molestia de no poderlo hacer, además, muchas personas por arriba de los 50 o 60 años ya se encuentran subidas cada vez más en la ola tecnológica, pero en más de una ocasión las preguntas frecuentes o la programación de los chatbots se quedarán cortas cuando exista la necesidad de plantear en sus palabras, dudas o aclaraciones a un agente 

     

    ¿Cuál es el perfil de personal para brindar servicio a clientes Fintech?

    • Búsqueda de aprendizaje continuo / Orientación al cliente para hacerle la vida fácil.
    • Capacidad de ofrecer servicios diferentes, ser disruptivos / Adaptación al cambio.
    • Paciencia / Perseverancia / Trabajar en equipo / Trabajar sobre indicadores (KPIs).
    • Laborar en Home Office o en un esquema híbrido.

    (Expansión, 2018)

     

    Colofón

    El sector Fintech viene creciendo a un ritmo constante, marcando tendencias, ofreciendo más y mejores servicios, pero además, asumiendo una cantidad importante de retos para lograr su consolidación. El que paga manda y el ecosistema Fintech lo sabe, por eso el servicio está en sus prioridades y veremos cómo se convierte en uno de sus pilares a desarrollar y fortalecer en los siguientes años. 

     

     

     

     

    José Luis Pulido

    Director Comercial y Desarrollo de Negocio de Billpocket.

  • Regtech y Legaltech en Latinoamérica  

    Regtech y Legaltech en Latinoamérica  

    Por Gabriela Salazar Torres y Miguel Ángel Acosta Cordero 

    La oferta de nuevos productos y servicios digitales continúa en constante crecimiento, y cada vez, va abarcando más industrias de la actividad económica y profesional. Es así que, han surgido industrias como la de Regtech y Legaltech de las que hablaremos a continuación. 

     

    Regtech es un neologismo formado por las palabras de origen anglosajón, Regulatory Technology, que hace referencia al empleo de tecnologías de la información y comunicación para mejorar los procesos regulatorios y de cumplimiento normativo en las empresas y en el sector público. 

     

    Si bien, este concepto surge hace más de una década, con motivo de la crisis financiera del año 2008, que derivó en el establecimiento de nuevas obligaciones regulatorias tendientes a una mayor protección del sistema financiero y sus usuarios. Es importante analizar que actualmente se encuentra en un momento de pleno crecimiento y esto tiene una razón en particular; el desarrollo paralelo de las blockchain y del uso de recursos desde la nube.

     

    El cumplimiento regulatorio, principalmente en el sector de las Fintech, se ha vuelto un reto muy costoso. Por ello, el empleo de tecnologías innovadoras para el cumplimiento de la normatividad se ha vuelto un recurso con mucho futuro pues, mediante el empleo de blockchain y de los sistemas de almacenamientos en la nube, se han podido crear procesos que ayudan a las empresas en el cumplimiento de medidas regulatorias estrictas en materia de datos, información y ordenamiento de sistemas.

     

    Estamos hablando de la intervención de la tecnología en procesos como los de Know Your Customer (KYC), armado y envío de reportes a autoridades, monitoreo de movimientos y recursos con enfoque a la Prevención del Lavado de Dinero, entre otros. 

     

    Su aplicación se desarrolla primordialmente en el ámbito de softwares de gestión o mejor conocido como Software as a Service (SaaS) y de la analítica de datos.

     

    Según información obtenida en www.businesswire.com se estima que en el año 2022, el mercado de la industria Regtech representó un monto aproximado de 9 mil millones de dólares, pero se estima que para el año 2026, esta cifra crecerá hasta los 23 mil millones de dólares.

     

    Por su parte, Legaltech es un nuevo término formado por las palabras en idioma inglés Legal Technology, y hace alusión a la aplicación de tecnologías innovadoras para prestación de servicios legales, a la generación de herramientas tecnológicas aplicadas a soluciones legales y en general, al uso de tecnologías para hacer más eficiente y simplificar la realización de tareas de índole legal, así como para mejorar la experiencia del cliente.

     

    En este contexto, las soluciones de la industria Legaltech tienen una gran variedad de campos de aplicación, pues lo mismo pueden beneficiar las tareas de los despachos de abogados, fedatarios públicos, juzgados y tribunales, registros públicos, universidades de Derecho, estudiantes, e inclusive, beneficiar a los clientes o usuarios de servicios legales. Los servicios legales están inmersos tanto en la vida privada de las personas como en el ámbito empresarial y gubernamental, y es por ello que, las soluciones Legaltech pueden tener impacto en actividades y sectores tan variados. 

     

    Las soluciones Legaltech están revolucionando la forma en que se prestan los servicios legales y pueden ser un detonante para que más personas tengan acceso a servicios legales de calidad. 

     

    En latinoamérica las industrias de Regtech y Legaltech se encuentran en una etapa de crecimiento, pero aún se está lejos de alcanzar el nivel de desarrollo que vemos en otros países, principalmente de la Unión Europea, en los que ha habido un importante desarrollo en estas industrias. No obstante, en latinoamérica cada día se identifican más esfuerzos para impulsar el crecimiento de estos sectores.  

     

    Es importante destacar la iniciativa de Radar Legal Tech Latam, que es una iniciativa creada por la Alianza Latinoamericana para la Innovación Legal «ALIL» y la Asociación Colombiana de Legal Tech «Alt+Co» que busca construir el primer mapa Legaltech interactivo para Latinoamérica, y con ello fomentar la visibilidad de las soluciones LegalTech de la región y generar un mayor entendimiento del ecosistema en los diferentes países.

     

    Para lograr este objetivo, Radar Legal Tech Latam cuenta con un registro abierto al público de “soluciones legales” en diferentes categorías que buscan actualizar cada 3 meses, mediante el cual todo aquel generador de soluciones Legaltech puede inscribirse y formar parte de este novedoso mapeo que, como ya vimos, resulta muy necesario en nuestra región. 

     

    Será interesante dar seguimiento a esfuerzos de este tipo y en general al crecimiento de los sectores Regtech y Legaltech en latinoamérica. 

     

     

    Gabriela Salazar Torres

    Socia fundadora de RNMS Abogados. Abogada egresada de la Escuela Libre de Derecho con amplia experiencia en derecho financiero, en la regulación Fintech, fondos de inversión y start-ups. Ha asesorado en proyectos de Blockchain, además de asesorar a entidades para la obtención de la autorización para operar como instituciones de tecnología financiera. Es co-autora de libros en materia bursátil y de Prevención de Lavado de Dinero.

    Miguel Ángel Acosta Cordero

    Licenciado en Derecho por la Universidad Autónoma del Estado de Hidalgo, Maestro en Administración Pública por el Instituto Nacional de Administración Pública y estudiante de la Maestría en Derecho de las Empresas por la Universidad Anáhuac. Actualmente forma parte del despacho RNMS Abogados.

  • Créditos por medios de App…¿Fraude?

    Créditos por medios de App…¿Fraude?

    Por Arturo Mendez Corona

    Hoy en día ya no es necesario acudir a una sucursal para solicitar un crédito o tarjeta de crédito, con solo descargar una aplicación en nuestro móvil, tomarnos una “selfie” e incluir nuestra credencial de elector es más que suficiente para que un banco, una SOFOM o una Fintech, nos otorgue el crédito.

     

    Pero debemos tener cuidado al momento de elegir quien nos puede otorgar el crédito, ya que podemos ser víctima de algún fraude si no identificamos plenamente a la institución financiera que nos lo ofrece.

    Existen organizaciones que cometen delitos aprovechando el desconocimiento de las personas en el uso de la tecnología, tales como los “montadeudas”; delincuentes que aprovechan las nuevas tecnologías y la necesidad de financiamiento de las personas para robar su información financiera, extorsionar y hacer mal uso de sus datos personales. 

     

    ¿Cuáles son las características de los montadeudas?

    • Los créditos los ofrecen a través de aplicaciones móviles.
    • Ofrecen montos pequeños de préstamo, generalmente, entre 500 a 10 mil pesos o un poco más. 
    • Se promueven a través de redes sociales, y si buscas más información sobre la empresa en internet, no es clara o no hay muchos datos al respecto.
    • No están supervisadas por las autoridades financieras, es decir, por el Banco de México (Banxico), Comisión Nacional Bancaria de Valores (CNBV), la Secretaría de Hacienda y Crédito Público (SHCP) o por la Comisión Nacional para la Protección y Defensa de los Usuarios de Servicios Financieros (CONDUSEF).
    • No te solicitan grandes requisitos.
    • No revisan tu historial crediticio.
    • La aplicación te pide permisos para acceder a tus contactos, fotografías, ubicación, redes sociales, documentos de tu móvil. 

    ¿Cómo realizan sus estafas las aplicaciones de montadeudas?

    • La estafa parte de la oferta de un préstamo fácil e inmediato.
    • Puede ser que firmes un contrato que al final no lo respetan, por lo tanto, de un día para otro, sin previo aviso, te pueden subir la tasa de interés con toda la intención de que tu deuda se vuelva impagable.
    • Es ahí cuando comienza la extorsión. 
    • Te llaman o te envían mensajes a través de WhatsApp bastante amenazantes y agresivos. Te exigen el pago inmediato del préstamo, lo que no haría una institución financiera regulada. 

    Nota: Recordemos que la cobranza amenazante está prohibida y puedes presentar una queja ante la CONDUSEF.

    • Además, comienzan a enviar tus fotos a tus contactos con mensajes indicando que eres un deudor, con lo cual el acoso se vuelve una pesadilla, y de esta manera comienzan a dañar tu reputación.

    Para evitar ser víctima de los montadeudas te doy a continuación algunas recomendaciones y herramientas para identificar si el crédito que requieres proviene de una institución financiera regulada y supervisada por las autoridades financieras mexicanas.

     

    • 1. – Consulta el Sistema de Registro de Prestadores de Servicios Financieros (SIPRES) de la Comisión Nacional para la Protección y Defensa de los Usuarios de Servicios Financieros (CONDUSEF). Se trata de un registro que puede consultar cualquier persona, el cual contiene información sobre las instituciones financieras que pertenecen al sistema financiero formal, es decir puedes consultar su información corporativa y general, cómo su página web oficial, su nombre comercial, ubicación y contacto, estatus administrativo, capital social, conformación de su órgano de administrativo, desde cuando inicia operaciones entre otra información relevante. Solo tienes que ingresar a la dirección http://portal.condusef.gob.mx/SIPRES/jsp/pub/index.jsp capturar en el buscador el nombre de quien te está ofreciendo el crédito y si aparece, quiere decir que está registrada en CONDUSEF y se trata de una institución financiera autorizada (recuerda que, por Ley, todas las instituciones financieras deben darse de alta en este registro para poder operar, de lo contrario se considera que no están cumpliendo con la normatividad vigente). 

     

    • 2.- Consulta su contrato en el Registro de Contratos de Adhesión (RECA) de la CONDUSEF, otra herramienta que te ayudará a conocer de manera anticipada los términos y las condiciones a las que te sujetas si decides adquirir el producto o servicio financiero con la institución financiera elegida. Visítalo en el https://registros.condusef.gob.mx/reca/_index.php

     

     

    Asimismo, debes considerar que las instituciones reguladas:

     

    • Te van a prestar de acuerdo a tu capacidad de pago.
    • Revisarán tu historial crediticio.
    • No te pedirán dinero por adelantado. 
    • Te explican la fecha y el monto de tus pagos. 
    • También revisa los comentarios acerca de la app.

     

    ¿Qué hago si caí en la estafa?

    CONDUSEF es quien te apoya en caso de que tengas una reclamación de instituciones financieras reguladas, pero en este caso, no te podrá apoyar, ya que estas apps operan fuera de la ley y muchas veces se encuentran en otros países. Tendrás que recurrir a la Policía Cibernética de la Guardia Nacional.

     

    En conclusión, que no te gane la necesidad de obtener un préstamo de inmediato; date la tarea de investigar un poco más, todas las herramientas están en línea, aprovéchalas y úsalas a tu favor, así tu identidad y tu bolsillo estarán protegidos.

     

    Arturo Méndez Corona

    Economista, con más de 10 años de experiencia en temas de inclusión, regulación y Educación Financiera. Creador de contenido en redes sociales y conferencista sobre temas relacionados a educación financiera. 

  • Inteligencia Artificial y los Servicios Financieros

    Inteligencia Artificial y los Servicios Financieros

    Por Lya Glaentzlin D´Ascoli

    La Inteligencia Artificial (Al) se ha convertido en uno de los temas del momento y contrario a la creencia popular, hace tiempo venimos interactuando con ella sin que ello fuese tan evidente.

     

    Comencemos por definirla como la capacidad de un sistema computarizado de imitar las funciones de aprendizaje y resolución de problemas tradicionalmente identificadas con el cerebro humano que, se traduce en que una pieza de hardware, alimentada con software para manejar matemáticamente datos y patrones, para asemejarse al proceso humano de toma de decisiones. Adicionalmente, hay que tener presente una subcategoría de la AI denominada Machine Learning que adicionalmente por medio de una serie de algoritmos, agrega la posibilidad de identificar modelos y “aprender” sin necesidad de que la totalidad de la información le sea proporcionada de manera directa.  Bajo este criterio, se suele hablar de máquinas inteligentes que de manera independiente aumenta su bagaje de conocimiento y capacidades de resolución de problemas o ejecución de tareas.  Generalmente mostrando capacidad de seleccionar información de variadas fuentes, organizarla e interpretarla con el propósito de identificar Patrones y (i) hacer predicciones o (ii) recomendar alternativas.

     

    Estas herramientas se vienen integrando a la forma como las instituciones financieras acometen la constante demanda de mejores servicios a menores precios (sin disminuir seguridad o calidad). Con el propósito de reducir dependencia de personal en la ejecución de tareas repetitivas y de bajo valor agregado, disminución de error humano y de atención las 24 horas 365 días al año, esta innovación junto a la posibilidad de acceso a inmensos volúmenes de data, ha afianzado la implementación de soluciones con AI en diversos aspectos de la experiencia del cliente de servicios financieros.

     

    Prevención y detección de Fraude: Los procesos de Prevención de Lavado de Dinero, pueden ser uno de los ejemplos más ilustrativos de cómo por medio de esto alimentar a la herramienta con la información clasificada en bases de datos con características y triggers específicos, lo que antes era un rutinario monitoreo que disparaba alarmas por alcanzar picos o entrar en una categoría distinta, generaba un porcentaje de “falsos positivos” que congelaba transacciones ( a veces irrevocablemente otras más afortunadas remitidas a un oficial de mayor rango para tomar la decisión) con una natural inclinación a que en caso de duda, la transacción se invalidaría. Con la inserción de la AI y su posibilidad de inmediata comparación de patrones (con sus respectivos resultados) se logra un mapeo casi instantáneo de la situación del cliente dentro del ambiente financiero en que se desenvuelve, lo cual permite identificar situaciones en que es natural que se excedan los rangos promedio de operación, y con ello, facilitar el proceso de aprobación. Asimismo, la otra cara de la moneda es la posibilidad que por medio de las mismas herramientas se tenga una visión global integrada capaz de detectar conexiones, patrones y estrategias probablemente ejecutadas para opacar operaciones de modo de hacer más eficiente la prevención y detección de actividades contrarias a derecho que hasta en el pasado pasaban desapercibidas.

     

    CRM: Probablemente uno de los sectores en que más visible se hace esta tecnología en diversos niveles de sofisticación es en el manejo de relaciones con los clientes y aquí, encontramos combinaciones tecnológicas como reconocimiento de voz, biometría, etc., que permiten a los usuarios acceso las 24 horas del día y la automatización de operaciones recurrentes, pero más allá de eso, cada interacción con el cliente genera datos sobre su comportamiento y esta data cuidadosamente almacenada puede ser utilizada, aprovechando las fortalezas de la AI para analizar patrones de conducta y segmentar perfiles automáticamente que se utilizan para direccionar campañas que mejoren la experiencia de usuario y equipen a la institución con la posibilidad de ofrecer nuevos productos. Armados con herramientas automatizadas de análisis predictivo, la instituciones están refinando sus evaluaciones de crédito, valoraciones de riesgo y sujeción a impactos externos previamente no incorporados a la ecuación que no solo se traducen en aprobaciones más ágiles sino también en posibilidades de mejor manejo del índice de default.

     

    Especial mención requieren los Chatbots que consisten en aplicaciones equipadas con reconocimiento de lenguaje natural en combinación con AI capaces de mantener “conversaciones” on-line y no sólo brindar información sino en muchos en casos, activar o desactivar servicios sin la participación humana por parte de la institución financiera.

    Posición del usuario frente a este despliegue tecnológico del otro lado de la pantalla, cabe preguntarse si permanece aplicable el mismo marco regulatorio. 

     

    Lo cierto es que, en la medida que estas herramientas se implementen de manera controlada y responsable es de esperarse que en virtud de más clientes satisfechos, se masifique la aceptación de la AI dentro de los procesos de transformación digital y mejora tecnológica de las instituciones, sin embargo tratándose de herramientas sofisticadas frente a las cuales el usuario tiene muchas veces nula posibilidad de control, ¿cuántas veces con frustración no hemos escuchado hasta el final de la grabación con la esperanza de que un ser humano tome la llamada para atender nuestro requerimiento que no califica dentro de las opciones del 1 al 9 del menú automatizado de atención al cliente? Es importante hacer seguimiento constante de la evolución de estas nuevas relaciones a manera de actualizar oportunamente su reflejo en los marcos regulatorios que corresponda, por ejemplo surgen preguntas como:   

     

    1.¿Cómo (de ser el caso) se ven afectados los derechos del usuario al interactuar con Bots?

    Como principio general los proveedores de servicios tecnológicos son ubicados por la normativa en una posición de ventaja frente al consumidor (por aquello de que dominan una o varias áreas de la ciencia a un nivel mucho mayor del que el entendimiento del ciudadano estándar podría conocer y comprender), así cuando estamos siendo objeto de registro fotográfico, o se está presumiendo que cierto estándar de calidad o riesgo es el adecuado para el usuario, se obliga al proveedor de servicios a informar claramente y de manera expresa y previa a que el usuario manifieste su aceptación o continúe el proceso para disfrutar del servicio. Cabe preguntarse entonces si para algunos supuestos sería necesario que se nos ponga previamente en conocimiento que el “operador” con quien estamos interactuando no es un ser humano sino una sofisticada combinación de data y algoritmos que está filtrando nuestra información y aplicando reglas para encaminarnos por un flujo de procesos que desencadene idealmente en brindar el servicio que estamos solicitando.

     

    2.- ¿De qué debería estar alerta el usuario, así como la institución que introduce AI dentro de sus canales regulares de atención al cliente? 

    Teniendo como premisa que la herramienta de AI, “aprende” de la información que recibe (o que se la programa a consultar de ser el caso) es importante no perder de vista la posibilidad de sesgo en la forma como se toman las decisiones, así no solo los algoritmos deben estar probados y validados, sino también la manera como se recopila, presenta y ofrece la información con la que el mecanismo aprende y mucho más importante, aunque menos evidente, es indispensable poner mucha atención a cómo esa AI resuelve aquellos casos para los cuales no posee suficiente información, ya que cualquier tipo o categoría de información que no entre deliberadamente a su base de datos, difícilmente podrá alimentar su proceso de toma de decisiones y esto podría dejar por fuera minorías o casos especiales.  

     

    En programación es rutinario establecer parámetros de default conectados con respuestas generalmente adversas al riesgo, de manera que estando parametrizado el sistema de machine learning para reconocer patrones, podría darse el caso de denegaciones de servicio injustificadas, como por ejemplo; cuando un usuario interactúa con la aplicación desde dispositivos no registrados como seguros, dirección IP diferente de la correspondiente a su residencia, solicita un servicio que no ha consumido anteriormente y esto genera una alerta de seguridad y posible denegación de servicio. En teoría muchas denegaciones de servicio involuntarias con respecto a una dirección IP, número de teléfono u otro elemento, podrían “enseñarle” a la AI que ese elemento repetidamente rechazado es negativo y de esa manera involuntariamente catalogar en minusvalía a ciertos usuarios con fundamento en elementos ajenos a los motivos legítimos para denegación de servicio.

    Posibilidad de la AI de cometer errores y hasta incurrir en conductas contrarias al interés de los clientes o de la institución.

    Desde el momento en que se pone bajo el control de una herramienta automatizada la posibilidad de ejecutar actos de disposición (hacer o no hacer) sobre los bienes de los usuarios, es indispensable revisar cómo protegerlos de la posibilidad de error por parte de la herramienta que pudiera traducirse en perjuicio para los intereses del usuario.  

     

    Para evitar consecuencias indeseables, se hace necesario tener presente que esa posibilidad de error, consiste en un modelo de amenaza, cambiante, incierto y difícil de definir, ya que el comportamiento de la herramienta va a evolucionar con el tiempo y “aprender”, así como establecer sus propios parámetros de “juicio” fundamentados en el comportamiento de la base de datos generada por la información que consume, en consecuencia, pareciera recomendable para las instituciones establecer programas de monitoreo (humano) de la calidad de los resultados de gestión de la AI, para que muy tempranamente observen si el patrón que está manejando a AI se pueda estar desviando del objetivo institucional e introducir los correctivos necesarios para que la AI y su base de datos progresen exactamente en el sentido que mejor beneficie o proteja los derechos de los involucrados. 

     

    Responsabilidad de las Instituciones Financieras (así como cualquier otro prestador de servicios al público) por las decisiones de sus Bots habilitados con AI

    En general el principio de derecho establece presunción de responsabilidad del empresario por los medios y calidad adecuada de los productos y servicios que pone a disposición del público. Las forma tradicional de evitar que se le impute una responsabilidad a la institución y por ende algún tipo de exigencia de reparación económica consiste en o medidas de prevención del riesgo, pensando en ello es recomendable por lo menos incluir en el plan de implementación lo siguiente:

    • Documentar claramente los objetivos hacia los cuales debe orientarse el “aprendizaje” de la AI.
    • Diseñar acciones de formación para proveedores, directivos y empleados con un programa de transición a modelos de AI tendiendo a una evolución con baja fricción.
    • Establecimiento de un plan de medición de desempeño de los mecanismos potenciados por AI, conectado con las metas estratégicas de la institución.
    • Generar un cronograma de evaluación interna regular y periódica para validar que los parámetros de ejecución de las tareas encomendadas a la AI se armonicen con los programas de cumplimiento normativo.

     

    Tratándose de una herramienta novedosa, la persona natural o jurídica que la introduce al mercado deberá alimentar con información legal herramienta de AI para distinguir entre los derechos de los usuarios y las expectativas de derecho de un potencial cliente, puesto que no es lo mismo suspender una operación a un cliente que ha depositado sus recursos en una cuenta a la vista, que negar una solicitud de crédito a un potencial nuevo cliente con quien no existe una relación contractual previa.

     

    En el mismo sentido habrá que analizar de manera separada la responsabilidad de la institución financiera que pone en uso la herramienta y la persona jurídica que desarrolló y puso en el mercado la herramienta computarizada que esa institución adquiere, validando que los contratos establezcan claramente cuando las obligaciones asumidas sean de medio o de resultado.

     

    En definitiva la AI no deja de ser una herramienta, novedosa, poderosa y sorprendente, pero que cuidadosamente implementada tiene potencial de introducir mucha más mejora que riesgos y como en todo negocio la mitigación de estos últimos está en el manejo responsable de cada institución que las implemente, aplicando la metodología ya existente de prevención, mitigación control y seguimiento.

     

    Aclaratoria: nada de lo aquí expresado constituye asesoría legal o financiera, las opiniones aquí expresadas son personales del autor y no guardan relación directa con empresas o proyectos individualmente considerados.

     

     

    Lya Glaentzlin D´Ascoli 

    Profesional de Blockchain (IDCAP) y Transformación Digital, TEP, Project Manager y abogada con más de 25 años previos de experiencia en Inversión Extranjera, Banca Internacional y Mercado de Capitales en Latinoamérica.

  • Blockchain – No Limits 

    Blockchain – No Limits 

    Por Benjamín Guerrero

    En el mundo hay quienes han mal entendido el concepto “Blockchain”, etiquetando o relacionando inmediatamente a las Criptomonedas, contra las posibilidades de operación en infinidad de sectores de corte global y transaccionalidad ilimitada que representa esta tecnología. 

     

    Se trata de desinformación, resistencia e ignorar lo que significa para el presente y futuro de la globalización, cuando al escuchar “Blockchain” inmediatamente se piensa en Bitcoin o Criptomonedas.

     

    Para empezar, hay 27 años de diferencia entre la creación de Blockchain y la aparición de Bitcoin, aquí muchos atribuyen que Satoshi Nakamoto es el padre de estas dos tecnologías, pero eso es incorrecto.

     

    David Chaum, de la Universidad de California, en 1982, propuso una base de datos descentralizada como Sistema informático mantenido y confiable. Esto lo calificaron en los 80’s como “Redes Sospechosas”; esto le llevó a muy poco furor y apoyo del sector influyente de tecnología.  

     

    Siete años después como Emprendedor empedernido y mejoras a su desarrollo, David Chaum crea “DigiCash” lanzando en 1995 su Criptomoneda – DigiCash – ECash – Cyberbucks; 3 nombres posibles para este dinero digital.   Veamos entonces que Bitcoin no son los creadores de Blockchain ni de la primera criptomoneda. 

     

    Desafortunadamente, este gran proyecto y propuesta de servicios tuvo nulo apoyo de los bancos donde evidentemente el mensaje fue: “hay que eliminar la competencia”, y más cuando venía con una propuesta de innovación descentralizada que no les era conveniente, primero por el alcance global, y segundo, por la autonomía fuera del alcance del gobierno.  Cuando menos esto dejó para la historia una semilla que como los bambúes, estaría latiendo con el mínimo de energía hasta un día brotar gigante, ya que esta “innovación descentralizada”, hoy se conoce como Finanzas Descentralizadas (DeFi) que el mundo no puede detener. 

     

    Blockchain es un sistema en cadena de transacciones o bloques digitales con hipervelocidad que quedan registradas como libro mayor, donde se habita en un ecosistema con altos protocolos de protección que otorga seguridad a los usuarios, llámese personas o empresas, de forma mínima discreta, y que han ido adoptando algunos gobiernos pero que niegan su existencia y uso por ser descentralizado.

     

    Según analistas, es matemáticamente imposible romper el código de encriptación y cifrado de Blockchain ya que genera un alto costo de intervención y tiempo. 

    La relevancia actual de Blockchain en la industria global es contundente por su gran aceptación y versatilidad ya que cada transacción puede verificar contratos, registros, activos, expedientes de salud, videojuegos, metaverso, cadenas logísticas y de suministro, criptomonedas y tokens, encriptamiento de garantías bancarias, real estate, NFTs para arte y colección, contratos inteligentes, sistemas de votación para gobiernos, seguridad automatizada, videollamadas, administración pública, petróleo y gas,  turismo, bases de datos, registro y tokenización de música, derechos de autor, transporte, comercio minorista, telecomunicaciones y por supuesto, la gran industria Fintech. 

     

    Blockchain es considerada como una tecnología emergente puesto que entrega innovación constante, productos disruptivos que aportan a la globalización, mejoras o soluciones que la industria consolidada ha dejado pasar y la velocidad del cambio tecnológico fue aprovechada por el emprendimiento, superándose en muchos aspectos. 

     

    Blockchain se ha convertido en un conocimiento y habilidades de alta demanda para el medio empresarial y financiero, buscando talentos profesionales para atomizar los negocios presentes hacia el futuro. 

    Tener información codificada en una cadena de bloques de alta transferencia, permitiendo el paso de datos o valores, haciendo funcionar los negocios en el mundo que utilizan esta tecnología, con alta eficacia en seguridad, alta velocidad y capacidad infinita. 

     

    Actualmente, existen 4 distintos tipos de redes Blockchain:

     

    PÚBLICAS: Donde cualquier persona tiene acceso y los usuarios son anónimos. Las redes públicas más conocidas son Bitcoin, Bitcoin Cash, Ethereum y Litecoin, que tiene además, una criptomoneda asociada.

    PRIVADAS: Son aquellas donde el control está reducido a una única entidad que se encarga de mantener la cadena, convenientes para organizaciones, empresas o negocios que buscan tener un acceso limitado y privado a los registros; con el fin de mantenerlo fuera del alcance del público.

    AUTORIZADAS: Aquellas en la que el procesamiento de transacciones está desarrollado por una lista predefinida de sujetos con identidades conocidas. Las redes públicas de blockchain también pueden ser autorizadas, no obstante, se imponen restricciones en cuanto a quién puede participar en la red y en qué transacciones.

    DE CONSORCIO: Estas redes toman lo mejor de las cadenas públicas y privadas. Los indicadores relevantes de estas son que de cualquiera de los sistemas se puede observar a nivel de consenso. 

    BLOCKCHAIN + FINTECH = #DeFi

     

    Innovación descentralizada

     

    La globalización es un factor determinante en la evolución de los requerimientos en el mundo, aquí es donde el emprendimiento desarrolla productos y herramientas con gran innovación, atravesando umbrales a los que no se les dio atención, no se les dio importancia o se les creía con pocas posibilidades, como en el caso de los bancos que no vieron más allá para saltar fronteras de la brecha digital y llegar a rincones del planeta donde con solo tener en la mano dispositivos móviles o una computadora en casa e internet, es posible realizar transacciones gracias a la era Fintech.

     

    Como sabemos, Fintech es una industria naciente en la que las empresas usan la tecnología para brindar servicios financieros de manera eficiente, ágil, cómoda y confiable. La palabra se forma a partir de la contracción de los términos finance y technology en inglés; FINANZAS + TECNOLOGÍA = FINTECH.

     

    Las empresas Fintech ofrecen diversos tipos de servicios financieros y operan dentro de mercados variados, algunas prestan sus servicios directamente a los usuarios del sistema financiero y otras diseñan soluciones para otras empresas.

     

    En el camino de la globalización fue inevitable que se encontraran el mundo Blockchain y el mundo Fintech que dio como resultado la tendencia mundial DeFi (Finanzas Descentralizadas).

     

    DeFi es el conjunto de herramientas y servicios financieros descentralizados que tiene como características el estar fuera del control de bancos, instituciones, gobiernos, países, corporaciones y ningún tipo de intermediarios para su gestión, transacciones, valor o administración.

    La tecnología DeFi se basa en Blockchain y el uso de herramientas Fintech, ahí son los propios usuarios quienes intercambian activos y servicios financieros.

     

    DeFi es libertad financiera

     

    Los servicios DeFi agrupan inversiones, custodia de arte, criptomonedas, stablecoins, futuros, exchanges descentralizados, lending o préstamos descentralizados, piscinas de liquidez, entre otros. Son la contracara de los servicios o productos bancarios, pero en tecnología Blockchain.

     

    • Valor aproximado mercado en protocolos DeFi: $87,000 millones de dólares.
    • Usuarios Blockchain 2022: 295 millones con una tasa de crecimiento anual de 60%.

    Reflexiones de la Innovación donde el tiempo nos alcanzó

    • 1971- “El dólar deja de estar respaldado por el oro”.
    • 1992 – “Internet no durará, es un sistema lento y complicado”.
    • 2000- “Las empresas tecnológicas son una burbuja e inseguras”.
    • 2017- “Las criptomonedas son una estafa”.
    • 2021- “Las criptomonedas son aceptadas como una realidad en el ecosistema global financiero”.
    • “A los taxis no les gusta Uber”.
    • “A los cines no les gusta Netflix”.
    • “A los bancos no les gustan las Criptomonedas y los Criptoactivos”.
    • “A los hoteles no les gusta Airbnb”
    • “A las librerías no les gusta Amazon”. 
    • “A las petroleras no les gusta Tesla”.

     

    Crear para la globalización o quedarse en el pasado tradicional.

     

     

    Benjamin Guerrero Verdin

    Licenciado en Administración de Empresas / Consultor y Consejero de la Organización Mundial por la Paz / Director General TAI – Consulting & Strategy / CEO – ACNOS TAI CORP, USA.

  • Ante una Posible Recesión Económica, ¿Cómo podemos Manejar las Finanzas Personales?

    Ante una Posible Recesión Económica, ¿Cómo podemos Manejar las Finanzas Personales?

    Por Adriana Ovando

    De acuerdo con el Fondo Monetario Internacional (FMI), una desaceleración de amplia base en las economías mundiales pilares se anuncia como “nubarrones” que impiden conocer con precisión el destino de los mercados financieros en el primer semestre de este año. Ante una posible recesión económica, las entidades financieras comienzan a tomar medidas para manejar sus recursos con precaución. 

     

    Según el documento del Panorama de la Economía Mundial, el pronóstico en todos los países es incierto. El Banco Mundial anunció que 2023 es y será un año en el que las regiones emergentes y el desarrollo enfrenten grandes desafíos ante un desaceleramiento de economías avanzadas.

     

    “A causa de factores políticos y sociales, las instituciones financieras mundiales prevén una recesión económica. Lamentablemente, son los hogares de economías en desarrollo y emergentes los que resentirán más este proceso. Por ello, para ser menos vulnerables, es necesario trabajar por una educación financiera que tome en cuenta las necesidades financieras de cada persona, comenta Nick Grassi, co-Ceo de Finerio Connect, empresa mexicana de finanzas abiertas. 

     

    Manejo de Finanzas Personales

    La administración de las finanzas personales es uno de los asuntos más importantes por atender en países como México. De acuerdo con la Encuesta Nacional de Inclusión Financiera (2021), en México únicamente el 39,1% de la población cuenta con un fondo de ahorro para el retiro o pensión, lo que da cuenta de un porcentaje bajo de personas involucradas en el cuidado de sus finanzas.

     

    El aumento de los precios en productos y servicios de necesidad básica como alimentos y  energía, genera un impacto fuerte en núcleos familiares de economías débiles. La inflación en México y el mundo se mantiene a la alza, con un máximo esperado de 9.5%, lo que supera los récords de la última década.

    No es sorpresivo, por lo tanto, que en el panorama mundial, aparezcan algunas opciones de valor tecnológico que al ser implementadas ofrecen alternativas para el manejo de las finanzas personales; por ejemplo, el empleo de un Personal Financial Management (PFM) o herramientas de administración personal financiera a través de entidades financieras y no financieras. 

     

    El PFM, cuyo desarrollo y ejecución es posible encontrar en aplicaciones digitales particulares o de  bancos y neobancos, ofrece diferentes opciones de administración del dinero que buscan que el manejo de las finanzas personales no se torne en un proceso complicado, lento, angustiante o de difícil acceso. 

     

    Hacia un ecosistema financiero abierto y sustentable para aprender a manejar las finanzas personales. 

     

    Elementos como el PFM son posibles en un mundo de finanzas abiertas, es decir, a través de un ecosistema en el que el flujo de información diseñe productos y servicios financieros idóneos para cada persona. Esto quiere que los datos de los usuarios, puedan ser compartidos bajo su consentimiento para ser analizados con el fin de hacer elementos perfilados que sean de valor para ellos. 

     

    Aprender a manejar las finanzas personales ante una posible recesión puede blindar a las personas de efectos graves en su economía. Sumado a tareas cotidianas como el ahorro o la creación de fondos de emergencia, así como a la asignación de un presupuesto, los productos y servicios de un ecosistema basado en finanzas abiertas puede marcar una gran diferencia.

     

    “Crear un futuro más estable a partir de finanzas personales sanas es consecuencia de atender las nuevas necesidades de los usuarios. Gracias a la implementación de productos que derivan de un ecosistema financiero abierto, es posible atender particularmente a cada individuo con tal de ofrecer soluciones precisas, perfiladas y prácticas, y no cosas que acaban por complicar nuestro bolsillo”, comenta Nick Grassi de Finerio Connect. 

     

     

     

    Adriana Ovando

    Content Manager en G2 Fintech Fund, especialista en temas enfocados con las verticales de open banking, medios de pago y telcobank.

  •  Central Bank Digital Currency 

     Central Bank Digital Currency 

    Parte 2

    Por Jesús Armando Tapia Gallegos

     

    Los Central Bank Digital Currency

     

    Desde la primera propuesta de la Blockchain de Bitcoin en el año 2008 y la emisión de sus primeros bloques o cripto divisas en el 2009, hasta este año 2022 se ha visto que solo dos países en la actualidad, han lanzado oficialmente sus modelos de CBDC, tales son los casos de Barbados y Jamaica, como micro experimentos que modelan,  acerca de cómo efectivamente pueden apoyar a las economías de estas naciones, este nuevo modelo de emisión de moneda digital respaldado en una Blockchain, orientados principalmente al comercio y banca minorista o retail.

     

    Mientras tanto, países como Canadá, China y Francia siendo de las mayores economías globales, ya se encuentran en pilotos para hacer esa transformación hacia la adopción de sus monedas digitales emitidas por sus bancos centrales, orientadas igualmente al comercio y banca minorista, antes de una propuesta de adopción masiva o a mayor escala. Cabe destacar, que estos países, aún se encuentran en fase de piloto o evaluación.

     

    El resto de los grandes bloques como la Comunidad Europea, con el Euro digital, están más orientados a fases transicionales, primero de manera interna, entre los sistemas y jugadores clave de la industria financiera y bancaria, y así con todo su conjunto Norteamérica contando con Estados Unidos y México, los cuales siguen investigando acerca de la conveniencia y viabilidad de adoptar y girar hacia esa transición.

     

    En este preciso momento, el sitio CBDCtracker.org, mantiene un monitoreo global de los distintos niveles del desarrollo, en función de proyectos cancelados, fase de investigación, pruebas del concepto, pilotos e iniciativas lanzadas, en tanto se mantienen todos estos, en constante evaluación, como se puede ilustrar en la página principal del sitio, y la imagen al momento de preparar este artículo.

     

    https://cbdctracker.org/ (cbdctracker.org, 2022)

    Fuente: (cbdctracker.org, 2022)

    Moneda digital del banco central del Reino Unido

     

    ¿Obtendrá el Reino Unido su propia moneda digital?

     

    El Reino Unido está estudiando el caso de la emisión de moneda digital junto con el efectivo. Este tipo de dinero se conoce como moneda digital del banco central o CBDC. (Bank of England, 2022)

     

    Similares a las declaraciones del Banco de Inglaterra y la Reserva Federal de los Estados Unidos de Norteamérica, ya se han expuesto posiciones de distintos gobiernos y sus bancos centrales, incluso, en el caso de México ya se ha declarado que el CBDC Mexicano estaría disponible a partir del año 2025; veremos.

     

    Estas posiciones varían desde una precaución hacia la integración cautelosa de los sistemas heredados actuales, y un reemplazo completo de estos, pero no de manera subrepticia ni radical, sino coordinando las acciones para lograr una interoperabilidad tecnológica, cuando en realidad, se podría considerar que el cambio de paradigma no es tecnológico, si no técnico y político, y más específicamente, entre dos modelos de administración, aparentemente irreconciliables; uno, el centralizado (el actual con los bancos centrales) y el descentralizado (como lo proponen las Blockchain líderes de innovación).

     

    Dejando de lado las filias y fobias, y sin ánimo de entrar en mayores controversias, hay propuestas de una mayor centralización y control a comparación de un modelo ultra libertario, con menores controles de terceras partes. Independiente de la naturaleza, propósitos o misión de estas organizaciones, eliminando capas de intermediarios que complican y encarecen los servicios, y con estas intervenciones también ganan cuotas de poder para sus propósitos específicos.

     

    Una gran diferencia el día de hoy con las políticas monetarias, es que si bien, ya no existe tanto circulante físico, en billetes y monedas, si sigue existiendo esa gran emisión masiva de dinero pero en formatos electrónicos, entonces ya hay una experiencia acerca del control de esos recursos, por lo que la transición hacia una CBDC desde ese frente no debería ser tan dolorosa, en tanto se siguen las reglas y las decisiones de política económica en las naciones de las que dependen estos bancos centrales.

     

    Prospecciones y posibilidades

     

    Como ya se mencionó, es evidente que la explosión de distintas Blockchain, más allá de la de Bitcoin y Ethereum, ha sido tierra fértil para fraudes, especulación, así como una desregulación de facto de muchos aspectos que se habían buscado controlar, representando nuevos retos y desafíos, por lo que una serie de escenarios intermedios podrán ser de mayor utilidad para llegar a las indispensables interoperabilidades, hacia una adopción masiva, y en tanto la experiencia del cliente y usuarios de estas CBDCs se coloquen por encima de las prestaciones del Fiat en la actualidad, sean amigables para el gran público,  y cuyos ámbitos privados de los grandes usuarios, las propuestas en la Unión Europea, el uso amplio, extensivo e intensivo de las Distributed Ledger Technology (DLT), como Blockchain controladas de manera privada o semi privadas / mixtas, seán más que suficiente para adopciones focalizadas donde se entiendan escenarios que permitan acelerar estas tecnologías.

     

    Conclusiones

     

    El cambio de la iluminación con velas a finales del siglo XVIII dio paso a la iluminación eléctrica de lleno y pleno en el siglo XX, de manera similar, las carretas impulsadas por caballos, fueron reemplazadas por el motor de combustión interna, paralelamente en este mismo periodo, análogamente los ciclos de innovación para las comunicaciones y el desarrollo tecnológico alcanzado en la segunda mitad del siglo XX, presumen que algunos de los sectores o industrias menos transformados en particular por las tecnologías de información justamente han sido los servicios y sistemas financieros y bancarios, dejando abierta una gran brecha de oportunidades para la inclusión a la formalidad de todos los actores  en los distintos sistemas económicos.

    Probablemente una de las mayores discusiones a ser definidas en el manejo de las políticas monetarias y económicas de los países y sus bancos centrales será el sistema de intercambio y de emisión de sus monedas. Hoy como se conoce comúnmente el dinero Fiat (fiduciario) versus las CBDC que podrán ser emitidas respaldados por distintas Blockchains de una manera que, puedan efectivamente inter operar, que sean funcionales y abonar a la construcción de un nuevo edificio de políticas económicas que impulsen mejor la distribución de la riqueza y la prosperidad de las naciones, mientras se rompen paradigmas como los que hemos estado observando en estos últimos meses y años, cuando la impresión desmesurada o emisión de moneda más allá de los límites recomendados por las teorías económicas vigentes, no sorprende ni tampoco es ningún misterio que cuando ocurren estos eventos, por decisiones de los banqueros centrales, las economías sufren de períodos de inflación y que deben de procurar ser contenidos por medio de todos sus recursos disponibles, como una de las funciones principales, de los bancos centrales.

     

    Sin embargo, es claro que ante cambios radicales de entorno general, no solo en las delimitaciones geográficas de los gobiernos, sí no en el marco de una globalización que ha avanzado de manera casi arrolladora, pero se ha visto forzada a retroceder por los sucesos y a todos conocidos en este último lustro, una reconciliación de la manera cómo deben transiciónarse los esquemas tradicionales de operación de los bancos centrales, principalmente hacia la adopción de éstas CBDC que sean fundamentados en la planeación y visión estratégica, a la que cada Banco Central solo puede responder directamente, al mandato de los gobiernos soberanos de cada país, y por ende, a sus propias políticas económicas e intereses geopolíticos estratégicos.

     

    El meollo de esta discusión no es si va a ocurrir, el caso es qué, ocurrirá como parte de una evolución natural hacer el uso y aprovechamiento de distintas tecnologías, la creación, emisión, distribución y adopción de las CBDCs, en los distintos países cómo se presenta en la imagen anexada del sitio CBDCtracker.org, cada país estará libre de decidir, si es que lo quieren hacer, y de ser así, cuándo lo harán.

     

    Referencias

     

    • cbdctracker.org. (28 de octubre de 2022). Today’s Central Bank Digital Currencies Status.  cbdctracker.org: https://cbdctracker.org
    • Bank of England. (01 de septiembre de 2022). UK central bank digital currency.  https://www.bankofengland.co.uk/: https://www.bankofengland.co.uk/research/digital-currencies
    • Bank of England. (1 de septiembre de 2022). Will the UK get its own digital currency?  www.bankofengland.co.uk: https://www.bankofengland.co.uk/knowledgebank/what-is-a-central-bank-digital-currency
    • BOARD OF GOVERNORS of the FEDERAL RESERVE SYSTEM. (30 de junio de 2022). Central Bank Digital Currency (CBDC).  www.federalreserve.gov: https://www.federalreserve.gov/central-bank-digital-currency.htm
    • Dialogos en Confiana. (26 de octubre de 2022). Diálogos en confianza (Saber Vivir) – Mi relación con el dinero (26/10/2022).  YouTube.com: https://www.youtube.com/watch?v=5C7VmwpJN0o
    • Pedrosa, S. (12 de enero de 2016). Dinero fiduciario.  Economipedia.com: https://economipedia.com/definiciones/dinero-fiduciario.html
    • Stanley, A. (Septiembre de 2022). THE ASCENT OF CBDCS.  FMI.org: https://www.imf.org/en/Publications/fandd/issues/2022/09/Picture-this-The-ascent-of-CBDCs
    • THE INVESTOPEDIA TEAM, reviewed by Rasure, E. . (13 de junio de 2021). Fiat Money vs. Legal Tender: What’s the Difference?  Investopedia.com: https://www.investopedia.com/ask/answers/041515/what-difference-between-fiat-money-and-legal-tender.asp

     

     

    Jesus Armando Tapia Gallegos

    CEO & Owner en Acambaro, con más de 25 años de experiencia en áreas de manufacturas electrónicas, productos de cuidado de la belleza y operaciones en servicios de infraestructura, en las industrias de telecomunicaciones, tecnologías de información y servicios al cliente.